Obligaciones del inpsector:
1- Debe identificarse con la correspondiente credencial con foto, nombre y apellido, N° de DNI y N° de legajo, emitida por la dirección correspondiente.
2- Debe portar planilla de parte diario, sellada por la dirección correspondiente, que consigne zona, fecha de día y nombre del agente municipal.
3- Debe firmar el libro de registro de inspectores del local, aclarando nombre, apellido, N° de legajo, fecha y registrar las novedades que correspondan. |
Facultades del inspector:
1- Una vez identificado, el comerciante deberá faciliar la documentación inherente a la habilitación, condiciones sanitarias del local y documentación de productos a la venta.
2- El comerciante deberá facilitar el acceso al local.
3- Faciliar el libro de registros de inspectores. |